Bol.20-14
NUEVE
LICENCIAS DE OPERACIÓN SE ENTREGAN A EMPRESAS
El esfuerzo
realizado en la actualización de expedientes le ha permitido a la Dirección
General de Servicios de Seguridad Privada (DIGESSP) entregar este día, un total de nueve licencias de operación, a
cuatro empresas de seguridad privada que llenaron los requisitos.
A principios
de mayo, La Licenciada Ana Patricia
Monge Cabrera, asumió el puesto de Directora
General de DIGESSP y detectó que los procesos eran lentos, por ello tomó como
desafió agilizar los mismos, determinándose
en donde existían los cuellos de botella e identificando donde se
necesitaba refuerzo de personal para la agilización de los procesos
administrativos; como resultado de ese esfuerzo en equipo se pudo identificar los tramites que tenían procesos más
adelantados, así como los requisitos que faltaban por llenar.
Con base a esta
información se genera la lista de requisitos pendientes, se determina la
apertura de audiencias y en ellas se informa a las empresas de seguridad
privada todos los previos pendientes esto les permite concluir los tramites y
tener estos resultados, es halagador informarles que iniciamos con la entrega
de licencias de operación que estaban rezagadas, atendiendo con ello las
funciones que la ley otorga a la DIGESSP.
Las
empresas privadas de seguridad que
obtienen licencias de operación son:
ACSOS
S.A.
SAFARI
SEGURIDAD S.A.
WACKENHUT S.A.
ESCORPION S.A.
Ministro de Gobernación entrega licencias de operación |
De estas
empresas, una de ellas es nueva creación, dos provienen de Acuerdo Gubernativo,
una de Acuerdo Ministerial y en atención al Decreto 52-2010 se han adecuado a
la misma, obteniendo licencias que garantizan su capacidad para prestar
servicios de seguridad privada.
“A” para vigilancia o custodia, protección y defensa de
personas y bienes muebles o inmuebles;
“B” Vigilancia o custodia, protección y defensa en el transporte
de personas y bienes, por vía terrestre, aérea, fluvial o marítima;
“C” Vigilancia, custodia y prevención que se preste
con recurso humano o vehículos patrulla, en áreas específicas para las cuales
hayan sido contratados sus servicios;
“D” Instalación de centrales para la recepción,
verificación y transmisión de las señales de alarma y su comunicación a las
instituciones de seguridad pública, así como prestación de servicios de
respuesta;
“E” Planificación y asesoramiento en las actividades
de seguridad contempladas en esta Ley;
“H” reclutamiento, capacitación, evaluación y selección
de recursos humanos para la prestación de servicios de seguridad privada.
De noviembre a la fecha se han autorizado 29 licencias de operación (incluyendo las actuales.
Si usted desea obtener toda la información,
requisitos, leyes y reglamentos sobre seguridad privada puede descargarlos de
nuestro sitio oficial www.digessp.gob.gt
DG
Guatemala, 14 de agosto de 2,014
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