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GUARDIAS DE SEGURIDAD CERTIFICADOS
No solo en la capital
sino también en los departamentos se está procediendo a certificar a Guardias
que pertenecen a empresas de seguridad privada que han optado por atender la
propuesta de la Directora General de Servicios de Seguridad Privada, Ana
Patricia Monge Cabrera, contenida en la “Disposición Administrativa de carácter
provisional”.
Dicha disposición busca
favorecer y agilizar el proceso de certificación de personal de seguridad
privada que ordena la ley.
Disposición
Administrativa de carácter provisional
Con base al análisis anterior se
establece el siguiente criterio técnico:
1. Que las empresas podrán certificar
a:
a) Vigilantes
b) Guardias y
c) Guardias para propiedades rústicas.
Siempre y cuando tengan más de un año
de trabajar en relación de
dependencia con la entidad de
seguridad privada.
2.
Lo anterior deberá ser demostrado con copia de la planilla del Instituto
Guatemalteco de Seguridad Social,
copia del contrato vigente, antecedentes
penales. Antecedentes
policíacos y copia del certificado de estudios.
3. El representante Legal de cada
entidad, deberá emitir declaración jurada indicando que los vigilantes,
guardias y guardias para propiedades rusticas tienen
conocimiento pleno del pensum de
estudios desarrollado por esta dirección.
4. La Dirección aplicará las pruebas
técnicas y psicológicas según lo establece el
artículo 50 del Decreto 52-2010 Ley
que Regula los Servicios de Seguridad
Privada y su reglamento. Reunidos los
requisitos anteriores y cancelado el valor
estipulado en el Reglamento de Cobros
para la acreditación,
5. Esta disposición provisional tiene
vigencia del 01 de agosto de 2014 al 31 de
enero de 2015.
6. Todos los vigilantes, guardias y
guardias para propiedades rusticas que no reúnan los requisitos deberán
sujetarse a las disposiciones legales vigentes.
Si usted está interesado
en este proceso busque más información en www.digessp.gob.gt o en 6ª. Calle 10-36,
zona 2.
DG
Guatemala, septiembre de 2014
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